La traducción jurada es la traducción realizada por un traductor jurado debidamente habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores español. Únicamente las traducciones realizadas por un
traductor jurado tienen validez legal ante los organismos oficiales.
Entre entidades privadas, la traducción jurada permite dar confianza a las partes que, por ejemplo, van a firmar un contrato bilingüe. De esa manera, ambas partes tienen la seguridad de que la
redacción del documento es idéntica en ambos idiomas. Su documento sería traducido por un tercero independiente (el traductor jurado) y que, al igual que un notario, da fe de que ambos documentos
tienen una correspondencia idéntica en ambos idiomas. De esta manera, su documento:
- tiene validez legal y podrá ser reconocido por un notario/organismo/tribunal en ambos idiomas,
- gozará de la confianza de haber sido realizada por un tercero independiente (fedatario público).
Para que la traducción jurada sea oficial, deberá llevar la firma, sello y certificación del traductor jurado.
Nuestro compromiso: quien le atiende es siempre un traductor jurado oficial en ejercicio que le asesorará de la manera más precisa y eficaz a todas sus solicitudes.
¿Tiene más dudas sobre la traducción jurada o la figura del traductor jurado? Puede hacernos llegar sus dudas o preguntas por teléfono en el 609 457 367 o por e-mail a presupuesto@tjurada.es